Jornada laboral en el Transporte

La jornada laboral en el Transporte

En materia de jornada laboral en el Transporte, a los efectos de su computo, resulta relevante el contenido del art. 8 Real Decreto 1561/1995, de 21 de septiembre que distingue entre:

Tiempo de trabajo efectivo y tiempo de presencia del trabajador móvil:

Son tiempos de trabajo efectivo:

Los periodos durante los que el trabajador móvil no puede disponer libremente de su tiempo, se encuentra realizando tareas relacionadas con el servicio y realiza las funciones específicas de conducción u otros trabajos relacionados con el servicio:

  • Operaciones auxiliares relacionadas con la carga y descarga
  • (cuando no se conoce de antemano su duración), limpieza y mantenimiento de del vehículo etc.

Son tiempos de presencia: 

Aquellos en los que el trabajador se encuentra a disposición del empresario sin prestar trabajo efectivo:

  • Las dos primeras horas de espera en carga y descarga y la tercera y siguientes si se conoce de antemano la duración.
  • Los períodos en los cuales el trabajador acompaña el vehículo transbordado en transbordador o tren.
  • El tiempo de espera en fronteras o los períodos de espera causados por prohibiciones de circular; En conducción en equipo.
  • Tiempo transcurrido durante la circulación cuando el segundo conductor permanece sentado o acostado en una litera.

Convenio colectivo del Sector de Transportes

De Mercancías, Mudanzas, Guardamuebles y Logística de Zaragoza

Jornada de trabajo

Artículo 13.º Jornada de trabajoDescargar Convenio
La jornada de trabajo, en cualquiera de las modalidades que se adopte, será de 1.792 horas de trabajo real y efectivo en cómputo anual.

Para las categorías de trabajadores móviles, conductor y conductor mecánico la jornada anual de trabajo real y efectivo podrá incrementarse en 34 horas.

Dichas horas no se aplicarán para aumentar el tiempo efectivo de trabajo.

En base a este Real Decreto, con efectos de 12/05/2019, se establece el deber de la empresa de garantizar el registro diario de jornada, que deberá incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada persona trabajadora por cuenta ajena, sin perjuicio de la flexibilidad horaria existente y que deberá conservar durante cuatro años.

tiempo de trabajo jornada transporte